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Ministerio Público obtuvo justicia para la víctima de femicidio Letty Jasmara Martínez Pérez (q.e.p.d.)

25 años de cárcel logró el Ministerio Público de Nicaragua para el femicida Pedro Rafael Méndez Oporta por privar de la vida a jovencita de 15 años

La Fiscal Auxiliar Griselda Serrano Serrano, de la Delegación Departamental de Boaco del Ministerio Público en representación de la víctima Letty Jasmara Martínez Pérez (q.e.p.d.) hizo justicia al obtener fallo de culpabilidad para el femicida Pedro Rafael Méndez Oporta luego que admitiera los hechos, ante la Doctora Fátima Carolina Galo Guadamuz, Jueza del Distrito Penal de Adolescentes y Especializado en Violencia del departamento de Boaco, quien lo declaró culpable y lo condenó a 25 años de prisión.

Durante la audiencia de debate de pena, el Ministerio Público solicitó la pena máxima de 30 años de cárcel para el sentenciado Pedro Rafael Méndez ya que hubo agravantes, como por ejemplo, la víctima era una menor de 15 años, y según el dictamen médico forense la víctima recibió golpes, fracturas en la cabeza, heridas en el rostro y cuello, siendo la causa de la muerte hemorragia masiva, falleciendo por degollamiento con arma blanca.

Relato de los hechos

El acusado Pedro Rafael Méndez Oporta de 46 años de edad, aprovechándose de la relación que había entre él y la familia de la víctima, sin importarle que todavía era una menor de edad de 15 años, empezó a enamorarla y se valió de la necesidad económica que tenía la víctima, por ser madre soltera por lo que la convenció para que tuvieran relaciones sexuales.

Posterior a eso, el acusado visitó con frecuencia la casa de la víctima, con el fin de continuar sosteniendo relaciones sexuales con ella, para tal fin, les llevaba, leña, comida y así poder ganarse la confianza tanto de la víctima Letty Jasmara Martínez (q.e.p.d.) como de su madre Juana Francisca Pérez.

El día cinco de marzo del año dos mil veinte, la víctima Letty Jasmara Martínez Pérez (q.e.p.d.), le confesó a su madre Juana Francisca Pérez que había sostenido relaciones sexuales con el acusado Pedro Rafael Méndez Oporta, quien le pedía que se fuera con él para su casa pero la víctima le respondió que no se iría a vivir con el acusado.

Al siguiente día seis de marzo del año dos mil veinte, la señora Juana Francisca Pérez, le reclamó al acusado Pedro Rafael Méndez Oporta porqué había sostenido relaciones sexuales con su hija, le manifestó que su hija estaba chiquita, si salía embarazada lo iba a llamar para que le pasara la pensión alimenticia al bebé y que podía caer preso porque su hija era una menor de edad.

Por ello, el día siete de marzo del año dos mil veinte, a eso de las doce del mediodía, el acusado Pedro Rafael Méndez Oporta observó que la víctima Letty Jasmara Martínez Pérez, se dirigió sola a la vivienda de una tía de la víctima que estaba enferma, por lo que el acusado la siguió y esperó que regresa a su casa, ubicándose a un kilómetro de la Escuela San Andrés Alto, allí cortó un trozo de madera de buen grosor de un árbol con un machete cacha amarilla que portaba y se dispuso a esperar en dicho lugar el regreso de la joven.

El acusado actuó con premeditación y alevosía 

A eso de las dos de la tarde del mismo día siete de marzo del año dos mil veinte, el acusado Pedro Rafael Méndez Oporta observó que la víctima Letty Jasmara Martínez Pérez (q.e.p.d.) regresaba sola a pie, con dirección a la casa de su abuelo Martín Aguilar Pérez, ya que su madre allí la estaba esperando, por lo que procedió a interceptarla, la tomó por la fuerza y con el trozo de madera que había cortado, le propinó varios golpes en el rostro, los brazos y otro en la cabeza, realizándole una herida abierta que desestabilizó a la víctima. Seguidamente, la arrastró sobre el monte y logró ubicarla a una distancia de cincuenta metros lado norte, procedió de forma deliberada y consciente a realizar su objetivo principal que era privarle de la vida, para que no lo denunciaran por la relación sexual que sostuvo con la víctima y con el machete que portaba, le realizó un filazo en el cuello ocasionándole el rompimiento de la tráquea y las venas yugulares, provocándole un degollamiento que ocasionó la muerte de la víctima.

Después que el acusado Pedro Rafael Méndez Oporta privó de la vida a la víctima salió huyendo del lugar, pasando por la finca “El Bosque” propiedad de Luis Alfonso Espinoza, ubicada en la comarca San Andrés Bajo del Municipio de Boaco, lugar donde buscó al ciudadano Wilmer José Dávila a quien le manifestó que había matado a la víctima.