La Dra. Aura María Estrada Mendoza, Fiscal Auxiliar de la Delegación Departamental de Jinotega del Ministerio Público, demostró la culpabilidad del acusado Larry Antonio Alaníz Suazo por los delitos de femicidio y portación ilegal de arma de fuego, en perjuicio de la víctima de femicidio, Ana Karina Rizo.
En la lectura del pliego acusatorio, la Fiscal Estrada detalló que la víctima a inicio del mes de enero del año 2016, empezó una relación sentimental con el acusado Larry Antonio Alaniz, con quien trabajó en una Ferretería, ubicada en el mercado municipal de Jinotega, sin embargo el acusado de manera simultánea sostenía otra relación amorosa con otra mujer de nombre Fanny de los Ángeles Blandón Suazo, situación que no le agradó a Ana Karina Rizo.
La víctima, le había solicitado al acusado que concluyera la relación íntima con la señora Fanny Blandón, pero el acusado hizo caso omiso sobre la petición de ella, por lo que decidió terminar la relación con el acusado, en el mes de octubre del año 2016.
Posteriormente, en el transcurso del mes de abril del año 2017, el acusado comenzó nuevamente a buscar a la víctima Ana Karina Rizo, para solicitarle que reanudarán su relación de pareja. Para ello, el acusado en varias ocasiones interceptó a la víctima, cuando ésta se dirigía hacia su casa de habitación, ubicada en el Barrio Róger Hanquiem, en el municipio de Jinotega, ya que el acusado conocía la rutina de la fallecida.
Cabe destacar que a pesar de la insistencia del acusado, la Ana Karina Rizo se negó a que reanudaran la relación amorosa, circunstancia que molestó mucho al victimario Larry Antonio Alaníz Suazo.
Por ese motivo, en fecha del 11 de octubre del año 2017, aproximadamente a las 7:15 de la noche, el acusado, portando de manera ilícita un arma de fuego tipo revolver, marca Pucara, calibre 38mm, a bordo de la camioneta marca Mitsubishi Montero, color azul, placa M021821, vidrios polarizados, interceptó a la víctima en el lugar ubicado de los talleres unidos, cien metros al oeste, en el municipio de Jinotega, donde el acusado logró convencer a la víctima que abordara la camioneta antes descrita, precisamente en el asiento delantero lado derecho (copiloto).
Posterior al hecho, el acusado Larry Antonio Alaníz Suazo procedió a conducir la referida camioneta con dirección norte, pasando frente a la gasolinera El Chipote y al llegar al barrio de nombre Llano La Cruz, precisamente en el kilómetro 167, carretera Jinotega hacia San Rafael del Norte, el acusado sujetó el arma de fuego antes descrita que portaba y aprovechando que la víctima Ana Karina Rizo iba distraída, le realizó un disparo a la altura del lado izquierdo de la cabeza, logrando así privarla de la vida, debido a hemorragia intracraneal.
[su_carousel source=»media: 4525,4524,4522,4521,4520,4519″ limit=»13″ width=»800″ height=»240″ responsive=»no» title=»no»][su_carousel source=»media: 3881,3882,3883″ limit=»13″ width=»800″ height=»240″ responsive=»no» title=»no»][/su_carousel]El acusado, una vez que privó de la vida a la víctima Ana Karina Rizo, procedió a conducir la camioneta con dirección a la ciudad de Jinotega y al llegar a la comunidad La Corneta, en el departamento de Matagalpa, el acusado Larry Antonio Alaniz Suazo estacionó el vehículo al costado derecho de la vía y lanzó el cuerpo sin vida a una cauce, retirándose luego del lugar.
Durante el Juicio Oral y Público, la Fiscal Estrada, presentó pruebas contundentes contra el acusado ya que se acreditó con las pruebas testimoniales de técnicos y peritos que el acusado fue él que privó de la vida a la víctima.
Asimismo, el Ministerio Público demostró con el informe de balística, que el revolver marca Pucara, calibre 38mm, fue el utilizado para privar de la vida a la víctima, ya que el proyectil encontrado en la occisa coincidió con las balas del arma de fuego incautada al acusado.
Gracias al arduo trabajo la Fiscal Estrada y las contundentes pruebas presentadas en Juicio, la Doctora Engracia Inés Flores, Jueza Especializada en Violencia de Jinotega, declaró culpable al imputado Larry Antonio Alaníz Suazo por los delitos de femicidio y portación ilegal de arma de fuego.
En el debate de pena, el Ministerio Público solicito la pena máxima de 30 años por el delito de femicidio y 2 años por el delito de portación ilegal de armas.