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Ministerio Público hizo prevalecer la justicia por el femicidio de Gloria María Fernández Medina

Granada.

La Doctora Samia Mayela Aguirre Alarcón, Fiscal Auxiliar del Ministerio Público de Granada, logró fallo de culpabilidad para el acusado Freddy Antonio Acosta Moya, por parte de la Jueza Ana Xochil Fonseca, del Juzgado Especializado en Violencia de Granada, por el delito de femicidio en concurso real  con el delito de Violencia Psicológica y Violencia doméstica, en contra de sus tres hijos.

Durante el Proceso Judicial la Fiscal Aguirre en la narración de la acusación, manifestó cómo sucedieron los hechos cometidos por el acusado Freddy Antonio Acosta, quien había iniciado una relación amorosa con la víctima Gloria María Fernández (Q.D.E.P), por veinte años, procreando cinco hijos, entre los que están las tres víctimas de catorce años, once años y siete años, respectivamente.

En los veinte años que duró la relación conyugal, la víctima Gloria María Fernández Medina siempre era agredida física y psicológicamente por el acusado en presencia de sus cinco hijos, la insultaba constantemente con palabras humillantes y la golpeaba con los puños en distintas partes del  cuerpo.

Según la acusación,  el día 23 de Agosto del año 2017 a eso de las ocho y cuarenta minutos de la noche, el acusado Freddy Antonio Acosta Moya se presentó a la casa de habitación de la víctima Gloria María Fernández Medina, ubicada en la Comarca  La Escoba, Diriomo, quien al verlo llegar se encerró con sus hijos en la vivienda, posteriormente la víctima creyó que el acusado se había ido de la casa de habitación, por lo que ésta, salió al patio con su hija y fue en ese momento que el acusado sorpresivamente se le acercó y le propinó tres puñaladas a la víctima en diferentes partes del cuerpo, lo que le provocó la muerte.

En ese momento, llegó al lugar la hermana de la víctima, Josefa Margarita Fernández Medina, quien le dijo al acusado “¿Qué le hiciste?”,  este  intentó huir, mientras la hermana de la víctima lo retenía, pero logró huir  del lugar.

Una de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, fue el dictamen médico legal, donde determinó que la víctima muere a causa de las lesiones hechas con arma blanca  por el acusado, lo que le provocó una hemorragia intrapulmonar y extrapulmonar por la perforación de sus pulmones.

Asimismo,  con el diagnóstico del psicólogo del Instituto de Medicina Legal se determinó que los hijos de la pareja presentaron estrés grave adaptivo que provocó defunción en su  área escolar, personal y familiar, requiriendo tratamiento especializado en salud mental.

Con esta prueba quedó en evidencia el delito de violencia intrafamiliar y psicológica de los tres hijos menores de la pareja, que ya presenciaron la muerte de su madre a manos de su padre.

Cabe señalar, que durante la Audiencia Inicial, el acusado Freddy Acosta Moya, asesorado por su defensa técnica, admitió los hechos que se le imputaron en la acusación, por lo que se declaró culpable por los delitos de femicidio en concurso real  de Violencia Intrafamiliar y  Psicológica.

En el debate de pena, el Ministerio Público solicitó la pena máxima de treinta años de prisión, por el delito de Femicidio y la pena máxima de seis años y ocho meses de prisión por el delito de Violencia Psicológica Grave, ya que también los hijos de la víctima sufrieron daños psíquicos graves como consecuencia del mismo hecho.

Por lo tanto, la Jueza Fonseca, del Juzgado Especializado en Violencia de Granada, le impuso la pena máxima de treinta años de prisión por los delitos de Femicidio en concurso ideal con los delitos de Violencia Psicológica grave y Violencia Doméstica en perjuicio de los tres hijos menores de edad.

Es menester indicar que el Ministerio Público, en el transcurso del proceso penal, le brindó acompañamiento y asesoría a los familiares de las víctimas, enviando a las víctimas  menores de edad que recibieran atención psicológica por parte del Equipo Interdisciplinario del Juzgado Especializado en Violencia de Granada, por presentar un evidente daño psíquico.